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Amparo contra LIE «evitó para México una condena económica»: SCJN

Declarar inconstitucional la Ley de la Industria Eléctrica (LIE), como lo decidió en enero la Segunda Sala, impactó de “manera decisiva” en el sector, que dejó sin efecto la controversia que Estados Unidos y Canadá formularon en julio de 2022, en el marco del TMEC, contra la política energética de México, señaló la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). 

“Lo que se traduce en que se evitó para México, una condena económica de grandes dimensiones y el fin del asunto en el tema energético”, destacó la Corte a través de una tarjeta informativa. 

La Segunda Sala de la SCJN, que preside el ministro Alberto Pérez Dayán, amparó en enero a diversas empresas contra las reformas a la LIE, impulsadas por el presidente Andrés Manuel López Obrador, al considerar que transgredían los principios de competencia y libre concurrencia. 

Indicó que la decisión no sólo significó conceder el amparo a las quejosas, sino que también generó una consecuencia para el resto de los agentes que participan en el mercado eléctrico mayorista. 

“Además, una de las implicaciones de esa decisión impactó de manera decisiva en la controversia que tanto Estados Unidos como Canadá habían presentado, en el marco del TMEC, contra México por la política del gobierno en el sector”, señaló. 

“Es decir, la inconstitucionalidad declarada dejó sin materias las consultas que, en el Panel de Energía, formularon esos países en julio de 2022; lo que se traduce en que se evitó para México, una condena económica de grandes dimensiones y el fin del asunto en el tema energético”, resaltó. 

Un mes después de la decisión de la Segunda Sala que rechazó la Ley de la Industria Eléctrica, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en un comunicado expuso que “se evitó para México una condena económica de grandes dimensiones y el fin del asunto en el tema energético”. 

Se detalló que la inconstitucionalidad declarada por el máximo tribunal del país, el pasado 31 de enero, dejó sin materia las consultas que, en el Panel de Energía, formularon Estados Unidos y Canadá en julio de 2022. 

“Una de las implicaciones de esa decisión impactó de manera decisiva en la controversia que tanto Estados Unidos como Canadá habían presentado, en el marco del T-MEC, contra México por la política del Gobierno en el sector”, se expuso a través de un comunicado. 

La SCJN precisó que el pronunciamiento de la Sala el voto de calidad del ministro Alberto Pérez Dayán, no sólo significó conceder el amparo a las quejosas, sino que también generó una consecuencia para el resto de los agentes que participan en el mercado eléctrico mayorista. 

Fue el miércoles 31 de enero cuando la Segunda Sala de la Suprema Corte resolvió un amparo que declaró la inconstitucionalidad del orden de prelación en el despacho de energía eléctrica, regulado en la Ley de la Industria Eléctrica de 2021.